JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE

196 Y 147


Visto el desistimiento consignado en el presente juicio de cobro de bolívares ( vía intimación), seguido por la sociedad mercantil FERVENCA C.A. CONTRA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SAN FRANCISCO C.A, expediente N° 29.447, suscrito por la ciudadana RUTH BRITO BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.948.393, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.372, de este domicilio, quien actúa en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil FERVENCA C.A, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 18 de julio del 2.006. Devuelvanse los originales de las facturas que cursan en el presente juicio y entréguesele a la parte demandada previas su certificación en autos. Se ordena el archivo del expediente.





Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


La Secretaria, Temporal,

Exp. N° 29.447