JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTITRES DE ABIRL DEL AÑO DOS MIL SIETE

196 Y 147


Visto el desistimiento consignado en el presente juicio de separación de cuerpos, seguido por los ciudadanos EIRYMAR DEL VALLE SANCHEZ RINCONES Y CRUZ ENRIQUE VELASQUEZ, expediente N° 29,295, sucrito por los ciudadanos antes mencionado, debidamente asistidos en este acto por la ciudadana MARIA ELENA RODRIGUEZ LOZADA, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.295, de este domicilio, donde exponen que han solventado todas las desavenencias que existían entre ellos y habiendo incluso procreado un hijo que lleva por nombre XAVIER EDUARDO, nacido el día 03 de marzo del 2.007, en esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, tal como consta en el folio siete (7) del presente expediente, es por que en común acuerdo desisten de la acción y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento.





Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


La Secretaria, Temporal,

Exp. N° 29.295