ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2007-000448.
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL URRIETA ´PASERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.546.948 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado ROSALIN ALCALA, Procuradora de Trabajadores del Estado Monagas, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 94.766 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 2005 NC, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. , venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. y de este domicilio.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
FECHA: 02 DE ABRIL DE 2.007.

Este tribunal vista la diligencia que corre inserta en el folio 06 de este expediente, donde el ciudadano VICTOR DANIEL URRIETA PASERO, debidamente asistido por la Abog. ROSALIN ALCALA, antes identificados, por la parte actora, DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, este tribunal acuerda y Homologa lo solicitado. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó y conforme firma.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.




EL SECRETARIO (A)