TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, nueve (09) de abril de dos mil siete (2007).-
196° y 148°

ASUNTO: AP21-R-2007-000264

Vista la diligencia de fecha 02 de abril de 2007, presentada por el abogado Hugo Trejo, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, en el juicio por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano William Miguel Vera Gabay contra la empresa Comercializadora Vandome, C. A., se observa:

En fecha 26 de febrero de 2007, el abogado Hugo Trejo Bittar, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, apeló del auto de fecha 23 de febrero de 2007 emanado del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. En fecha 02 de abril de 2007, el mencionado abogado, procediendo con el carácter anotado, desistió del recurso de apelación. Este Juzgado Superior, no obstante, no encontrarse agregado a los autos el poder que acredita la representación del mencionado profesional del derecho, pero constando dicha condición del auto que oyó la apelación, inserto al folio 12 del presente expediente, imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la apelación, deja sin efecto el auto dictado por este Juzgado en fecha 30 de marzo de 2007 y se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia a los fines legales consiguientes.-

EL JUEZ



JUAN GARCÍA VARA LA SECRETARIA



GLEIBER MEZA