REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal Noveno (9) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro de abril de dos mil siete
197º y 148º







N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2007-000943
PARTE ACTORA: JHON JAIRO ARENILLA RUBIO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: JHON JAIRO ARENILLA RUBIO, ALIMENTOS ALICENCA, C.A. y JAIME GÓMEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO



En el día hábil de hoy veinticuatro de abril de dos mil siete, siendo las 11:31 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.


El Juez

El Secretario

Arelis Jiménez M