N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-001748
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO ÁLVAREZ, LUCIANO RAMÓN APONTE MONTILLA, ARNOLDO CAMACARO HERNÁNDEZ, ADELFINA RAMONA CARMONA MONCAYO, CARLOS EDUARDO DURAN LUCENA, JOSÉ ALEJANDRO FIGUEREDO RODRÍGUEZ, IVONNE MARÍA JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, NAUDY VICENTE GUERRERO MONTERO, OSWALDO RAMÓN PERNALETE HEREDIA, ROMELIA MARÍA RAMOS LINAREZ, MILEIDA DEL CARMEN SALAZAR DE QUINTERO, MARÍA DE JESÚS TORREALBA ESCALONA, BLANCA MARGARITA FERRINI VERGARA, DILCIA JOSEFINA RODRÍGUEZ PINEDA y ROSA YSABEL PAZOS ROSAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LOMBARDO BRACCA LOPEZ
PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANÓNIMA TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ROOSEN, VICENTE LLATAS y PEDRO GONZÁLEZ
MOTIVO: PENSION DE JUBILACION

Hoy, treinta (30) de Abril de dos mil siete (2007), siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana PASOS ROSAL ROSA YSABEL, titular de la cédula de identidad N° 4.070.165, parte actora en el presente juicio, su apoderado judicial, Abogado LOMBARDO BRACCA LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.508, quien actúa además en representación de los litisconsortes activos, ciudadanos LUIS ALBERTO ÁLVAREZ, ARNOLDO CAMACARO HERNÁNDEZ, ADELFINA RAMONA CARMONA MONCAYO, CARLOS EDUARDO DURAN LUCENA, IVONNE MARÍA JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, NAUDY VICENTE GUERRERO MONTERO, MILEIDA DEL CARMEN SALAZAR DE QUINTERO, MARÍA DE JESÚS TORREALBA ESCALONA, DILCIA JOSEFINA RODRÍGUEZ PINEDA y ROSA YSABEL PAZOS ROSAL; y el Abogado DAVID GONCALVEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.752, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada COMPAÑÍA ANÓNIMA TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), quien consignó escrito de promoción de pruebas constante de ochenta y siete (87) folios útiles y anexos marcados con las letras “AI”, y desde la “A” hasta la “X”. En este estado se deja expresa constancia que los accionantes LUCIANO RAMÓN APONTE MONTILLA, JOSÉ ALEJANDRO FIGUEREDO RODRÍGUEZ, OSWALDO RAMÓN PERNALETE HEREDIA, ROMELIA MARÍA RAMOS LINAREZ, BLANCA MARGARITA FERRINI VERGARA, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en lo que respecta a los ciudadanos señalados.
Asimismo se procede a dar inicio a la audiencia con relación a los comparecientes. Las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día lunes 04 de junio de 2007, a las 02:00 p.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA

LA PARTE ACTORA




LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG. MIGDALIA MONTILLA