REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2007-000787
PARTE ACTORA:CARLOS PINTO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: SERVICIO PAN AMERICANO PROTECCION CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YARILLIS VIVAS Y CESAR AELLOS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día hábil de hoy treinta (30) de abril de dos mil siete, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen los abogados YARILLIS VIVAS Y CESAR AELLOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 86.849 y 35.648, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada según instrumento poder original que presenta a effectum videndi constante tres (03) folios útiles los cuales se ordena agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.


La Juez

El Secretario

Abog. Geraldine Eugenne Louis Nuñez

Carlos Moreno



Apoderados Judiciales de la demandada