REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 23 de Abril de 2007.
Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 13 de Abril de 2007, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana Blanca Marcano, en su carácter de Fiscal 94° del Ministerio Público, en el cual remite convenio de Obligación Alimentaria celebrado por los ciudadanos KARLA SABRINA LEAL GONZALEZ y GERONIMO JAIMES BUSTAMANTE, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nos. 14.200.333 y 13.886.849, respectivamente, en beneficio del niño (...), de un (1) año de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 11 de Abril de 2007, lo relativo a la Obligación Alimentaria del niño antes mencionado.
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