REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS y los recaudos anexos presentado en fecha 3 de ABRIL de 2007, por los ciudadanos JESUS GREGORIO GONZALEZ RIVERA Y MIRIAM JEANETTE APONTE SEGURA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.952.590 y V-11.411.844, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio MARIO BREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.073, este Tribunal por cuanto dicha solicitud no es contraria a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.