REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas 12 de abril de 2.007.
196º y 148º
ASUNTO: AH51-X-2005-000010.
Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial a la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 31 de enero de 2007, por la cual se anuló la sentencia dictada por la Corte Superior Primera del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en fecha 31 de marzo de 2006, y se ordenó la reposición de la presente causa al estado de que este Tribunal ordene aperturar articulación probatoria de conformidad a lo establecido en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil y se continúe la sustanciación del proceso cautelar conforme a lo establecido en el Titulo II del Libro Tercero ejusdem.
Ahora bien, este Tribunal unipersonal No. XII en pleno acatamiento a la sentencia precedentemente enunciada, repone la presente causa al estado de que se apertura la articulación probatoria establecida en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, y se continúe la sustanciación del proceso cautelar conforme a lo establecido en el Titulo II del Libro Tercero ejusdem. Así se declara. Cúmplase.-
La Juez
Sara Guardia Soto La secretaria
Adriana Mireles.