REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 20 de Abril de 2007.
197º y 147º
Promovidos y evacuados como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho y declara las presentes actuaciones HEREDEROS UNIVERSALES DE LOS DIFUNTOS ciudadanos MERCEDEZ JOSEFINA MATA DE BERMUDEZ, LORENZO DELANO BERMUDEZ BERMUDEZ, ELIA MERCEDEZ BERMUDEZ MATA y YVICMER MILAGROS BERMUDEZ MATA, quienes en vida eran titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.025.093, 2.330.799, 6.232.370 y 6.863.852, a favor de la ciudadana CRUZ MERCEDEZ BERMUDEZ MATA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 6.232.371, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
JOSE OMAR GONZALEZ.-
EXP. S-6020.
EBG/JOG/RB.-