REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, veinticinco (25) de Abril de dos mil siete (2007), siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, en compañía de la ciudadana NORETH VIOLETA MURAT GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 5.220.066, parte actora, y su apoderado judicial abogado NOEL RAFAEL SANTAELLA HENRÍQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.423, a fin de dar cumplimiento a la misión que ha sido encomendada, consistente en “el traslado de la ciudadana NORETH VIOLETA MURAT GARCIA, al cargo de Jefe de Enfermeras que venía desempeñando en el HOSPITAL FRANCISCO ANTONIO RISQUEZ, y en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de su ilegal traslado”. Dicha medida fue decretada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. Una vez constituidos en la siguiente dirección: Esquina de Mijares, Edificio Banco Lara, Piso 15, Dirección de Recursos Humanos, Municipio Libertador del Distrito Capital, fuimos atendidos por el ciudadano AQUILES FRANCISCO CORTINA BELLINI, titular de la cédula de identidad Nº 6.912.417, quien dijo ser Sub-Director General de Recursos Humanos de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, respectivamente, a quien se le impuso la misión del Tribunal. En este estado, el notificado, ya identificado, expone: “Señalo al Tribunal, que a partir de este momento daré estricto cumplimiento con el dispositivo de la sentencia que aquí se ejecuta, en el sentido de que se realizarán las diligencias necesarias, a los fines del traslado de la ciudadana NORETH VIOLETA MURAT GARCIA, al cargo de Jefe de Enfermeras que venía desempeñando en el HOSPITAL FRANCISCO ANTONIO RISQUEZ, y en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de su ilegal traslado tal como lo ordena el respectivo Tribunal. En tal sentido, comunicaré lo conducente a la Dirección de Sistemas Técnicos de Recursos Humanos, de ésta Alcaldía, a los fines antes señalados, así como a la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Salud de esta Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas. Así mismo, solicito a la parte actora, conceder a esta Dirección General de Recursos Humanos de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, un plazo de quince (15) días continuos, a fin de realizar las referidas gestiones. Igualmente solicito a este Juzgado Ejecutor se sirva expedirme dos (02) juegos de copias certificadas de la totalidad de las actuaciones contenidas en la presente comisión, así como de la presente acta. Es todo”. En este estado, la parte actora, expone: Vista la buena voluntad demostrada por el ciudadano Aquiles Cortina, ya identificado, para dar cumplimiento con el presente mandato ejecutivo, convengo en concederle el plazo solicitado, a fin de que le de cumplimiento a la sentencia definitivamente firme, que hoy se ejecuta. En consecuencia, solicito al Tribunal, la remisión de la presente comisión al Tribunal de la causa. Es todo. En este estado, el Tribunal, vista la exposición de las partes, y en particular la actitud de respecto y de colaboración, demostrada por parte del ciudadano Aquiles Cortina, Sub-Director General de Recursos Humanos de esta Alcaldía, para dar cumplimiento con la sentencia, acuerda expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas y remitir las presente actuaciones al Tribunal de la causa. Se ordena, el regreso a la sede de este Tribunal, y el cierre de la presente acta, siendo las tres y quince minutos de la tarde (03:15 p.m.). Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

LA PARTE ACTORA
Y SU APODERADO JUDICIAL,


EL NOTIFICADO,


EL SECRETARIO,





Exp. 07-2510 Ejecutor
Exp. 004617 Causa
CHB/EG/.