REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DELTRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, Dieciséis (16) de Abril del dos mil siete (2007).-
196° y 148°

Vista la diligencia suscrita en fecha 09 de Abril de 2007, por el abogado OLIVER ALEXANDER ARAQUE MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.386.453, en su carácter de apoderado judicial de VENEZOLANO DE CRÉDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, este Tribunal a los fines de proveer observa:
Corre al folio 101, diligencia suscrita por el abogado OLIVER ALEXANDER ARAQUE MÁRQUEZ, mediante la cual en nombre de su representado VENEZOLANO DE CRÉDITO S.A., BANCO UNIVERSAL, desistió del recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de Septiembre del año 2.005 ante el Juzgado de la causa, en virtud de que la contra parte cumplió con las estipulaciones convenidas y canceló todas y cada una de las cantidades demandadas.
Ahora bien, dando cumplimiento al criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que obliga al Juez a verificar la capacidad de las partes y de sus apoderados judiciales, para disponer en el proceso por ante la autoridad jurisdiccional que ha de impartir la aprobación de la homologación, esta Alzada observa que a los folios 104 al 111 cursa copia de Documento Poder donde consta que el abogado antes mencionado tiene plena facultad para desistir en el presente procedimiento. En consecuencia, encontrándose plenamente hábil y capaz el mencionado ciudadano para desistir, éste Tribunal encuentra ajustada la actuación y capacidad de las partes no existiendo impedimento alguno, y llenos los extremos exigidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, este Sentenciador considera ajustado a derecho el presente TRANSACCIÓN, y lo da por Consumado, en consecuencia HOMOLOGA el mismo en los términos y condiciones expuestos, da por terminado el presente recurso y se ordena remitir el expediente anexo a oficio al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

FREDDY RODRÍGUEZ RONDÓN.
LA SECRETARIA,

SHARINE SALAZAR VILLAFAÑA.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA,

SHARINE SALAZAR VILLAFAÑA.
FRR/pp.-
Exp. Nº 12.849.