REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de abril de dos mil siete (2007)
197º y 148º



N° DE ASUNTO: AP21-L-2007-001058
PARTE ACTORA: DAYANA DAYLEN ALFONSO ISTURIZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: PRETZELVEN MARGARITA C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL BAUTISTA BARCENAS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinte (20) de abril de dos mil siete (2007), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, en la persona del ciudadano MIGUEL BAUTISTA BARCENAS, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 44.051, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples previa presentación de su original ad efectum videndi, en tres (3) folios útiles; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.


DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez

Abog. Juan Carlos Medina Cubillan