REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 26 de Abril de 2007.-
196° y 148°

Vista la anterior demanda presentada por el Ciudadano ANGEL NICOLAS ALDANA ROTONDARO, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 2.846.456, de este domicilio, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.241, actuando en su propio nombre y representación, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento.-


La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la REGISTRO CIVIL DE LA ALCALDIA DE GIRARDOT DEL ESTADO ARARGUA según Acta N° 385, Tomo 01, de fecha 18 de Abril de 1942.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Nacimiento del Ciudadano ANGEL NICOLAS ALDANA ROTONDARO, se incurrió en el error al asentar el segundo nombre de su madre pues, siendo correcto ANA FULGENCIA ROTONDARO, se le identificó como ANA MERCEDES ROTONDARO para efecto probatorio la solicitante consignó acta de nacimiento expedida por la prefectura supra, original cedula de identidad y acta de nacimiento de la madre, y probado como ha sido lo alegado, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento del Ciudadano ANGEL NICOLAS ALDANA ROTONDARO, que donde dice "ANA MERCEDES ROTONDARO", y debe decir "ANA FULGENCIA ROTONDARO" así mismo ordena al Registrador Principal del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento del Ciudadano ANGEL NICOLAS ALDANA ROTONDARO, a la rectificación ordenada.- Y ASI SE DECIDE.-

Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la Solicitud y de la Sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.-
EL JUEZ,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ.

RCP/AH/Mari.-
EXP. N° 12.079.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.-
El Secretario,