REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS
Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 25 DE ABRIL DE 2007
196º y 148º
PARTE ACTORA: GEIZA MARIA DELGADO NOGALES.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: ELVIRA GAITAN DE GARCIA. Inpreabogado N° 79.251
PARTE DEMANDADA: JESUS ENRIQUEZ GALINDO ATENCIO.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: CARLOS LUIS GALLARDO AMPUEDA, Inpreabogado N° 33.694.
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO.
Por recibida y vista la anterior diligencia, cursante al folio 40 presentada en fecha 24 de abril de 2007, suscrita por la parte actora y la parte demandada en el presente proceso:
El Tribunal encuentra llenos los extremos del artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Con vista de lo anterior y por cuanto el tribunal observa que en la TRANSACCION efectuada por la partes, se encuentran cumplidos todos los demás requisitos de eficacia y validez de la misma, este tribunal considera que es procedente su homologación.