REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, siete (07) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
EXP: DP3-L-2007-000435
PARTE ACTORA: EILYN UTRERA, titular de la cédula de identidad Nº 15.082.978
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KRYSTHEL ELIZABETH FERNÁNDEZ MONTENEGRO, Inpreabogado Nº 115.965.
PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Sindico Procurador EDGAR DIAZ ARTEAGA, Inpreabogado No. 77.211. (NO COMPARECIO)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, siete (07) de abril de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora la ciudadana abogada FERNANDEZ KRYSTHEL, Inpreabogado Nº 115.965, quienes consigno escrito de pruebas constate de dos (02) folio útil y anexos marcados con las A, B y D. Se deja constancia de la No comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Visto que la parte demandada no compareció a la Audiencia Preliminar, y que la misma goza de todas las prerrogativas fiscales y procesales previstas en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y del fisco nacional, es por lo que, este Juzgado se abstiene de declarar la admisión de los hechos y en consecuencia se tienen por contradichas todas las acciones, se deja constancia que el día de despacho siguiente a éste, comenzará a computarse el lapso para la consignación del escrito de contestación de la demanda y vencido el mismo se procederá a remitir el presente expediente al Tribunal de Juicio. De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
VIVIANA ELIZABETH PARRA SILVA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA,
ABG. LORENA MARIÑO
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