REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 17 de Abril de 2008
197º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2005-000077
ASUNTO : NP01-S-2005-000077
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. FLOR TERESA VALLES
SANCIONADA: IDENTIDAD OMITIDA.
DELITO: LESIONES PESONALES SIMPLES
FISCAL 10° DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MIRIAN GARELLI
DEFENSOR PUBLICO 4°: ABG. TERESA DE ABREU
MOTIVO: CESACIÓN DE LA SANCIÓN POR CUMPLIMIENTO.



Revisada la causa seguida a la ciudadana Sancionada IDENTIDAD OMITIDA, se observa que la sancionada cumplió íntegramente la sanción, debiendo decretarse la Cesación de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procediendo este Tribunal a hacerlo en los términos siguientes:

La prenombrada ciudadana fue sancionada a cumplir la medida de Libertad Asistida por el lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de Lesiones Personales Simples, de conformidad con lo establecido en el artículo 413 del Código Penal.

En fecha 22 de Junio del 2007, se realiza auto de ejecución de la Medida de Libertad Asistida, efectuándose la imposición en fecha 02 de Octubre del 2007, compareciendo ante la Oficina de Servicio Social ente encargado de Supervisar dicha medida, en fecha 17 de Octubre del 2007, iniciando sus presentaciones por esa Sección de Servicio Social.

En fecha 27 de Febrero del 2007, se revisó la medida, y la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, había cumplido con la medida de Libertad Asistida por el lapso de CUATRO (04) MESES, ya que dichas presentaciones se están realizando mensualmente, faltándole por cumplir DOS (02) MESES, señalándose que la cesación aproximada era el día 17 de Abril del 2008.

En el día de hoy 17/04/08, la ciudadana Juez sostuvo entrevista con la Licenciada Maritzabel Candurin, Trabajador Social Adscrito a esta Sección de Adolescente, quien manifestó que la sancionada IDENTIDAD OMITIDA finaliza sus presentaciones con una Evolución Conductual de PRONOSTICO FAVORABLE, recomendándose el cese por cumplimiento del lapso impuesto, y que en el transcurso del día remitiría al Tribunal dicho informe.

De la revisión de las actuaciones se observa, que este Tribunal señaló en la última revisión que la sancionada cumpliría con la Medida de Libertad Asistida hasta el día 17 de Abril del 2008; Se evidencia entonces, que es esta la oportunidad para declarar judicialmente la cesación de la medida, por cuanto se determinó que la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, cumplió a cabalidad la sanción impuesta, considera este Tribunal por todo lo antes expuesto, y por la facultad concedida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que lo procedente es Decretar la Cesación de la Medida, de conformidad con el artículo 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA de LIBERTAD ASISTIDA que fue impuesta a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido íntegramente con la sanción impuesta, y su objetivo en el tiempo establecido, de conformidad con el artículo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia no queda sujeto a ningún tipo de restricción ni sanción por parte de este Tribunal. En consecuencia se DECRETA SU LIBERTAD PLENA. Notifíquese a la prenombrada ciudadana y a las partes, ofíciese y envíese copia al Departamento de Servicio Social y al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Interiores y de Justicia. Librese lo Conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN.

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA.
ABG. FLOR TERESA VALLES.-