Comisión: 04373
JORGE RAFAEL RIVAS BRAVO/FUNDACION DE SALUD DEL ESTADO MONAGAS.
En horas de Despacho del día de hoy 11 de Abril de 2008, siendo las 10:30 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano JORGE RAFAEL RIVAS BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.10.303.181, debidamente asistido por la Abogada GRISEIDA VALLENILLA JARAMILLO, inscrita en el I.P.S.A bajo el No.14.832, a los fines de materializar la Ejecución de la Sentencia dictada en fecha 10 de Agosto de 2.005 dictada por el Tribunal comitente: JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR-ORIENTAL, y confirmada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 26 de Julio de 2.007, mediante la cual ordena la reincorporación del ciudadano JORGE RAFAEL RIVAS BRAVO a su puesto de Trabajo y a requerir el pago de los salarios dejados de percibir en el Nulidad de Acto Administrativo, intentado contra La Fundación de Salud del Estado Monagas, y siendo las 10:40 a.m., se constituyo el Tribunal en la FINDACION SALUD DEL ESTADO MONAGAS. Presente la ciudadana ANA ESTHER RENGEL PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 8.365.919, en su carácter de Gerente de Auditoria Interna, a quien el Tribunal notifico de su misión y quien procedió al reenganche del ciudadano JORGE RAFAEL RIVAS BRAVO, quien estando presente se queda en este acto en su lugar de trabajo. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la práctica de la presente medida no genero tasa o arancel alguno, todo de conformidad con los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo. Término. Se leyó y conformes firman siendo las 10:15 a.m
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