REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, diez y siete (17) de abril de dos mil ocho (2 008)
197º y 149º
ASUNTO: NP11-L-2008-000377
PARTE DEMANDANTE: MORAIMA ANGELICA ARAMBULET SANCHEZ C.I. N° 9.287.254 (NO COMPARECE)
APODERADOS NO COMPARECE
PARTE DEMANDADA: HISPANO VENEZOLANA DE PERFORACION C.A.
APODERADOS /REPRESENTANTES FERNANDO ANUNCIBAY I.P.S.A. N° 101.334
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En fecha tres (03) de marzo del año dos mil ocho (2 008), la Ciudadana MORAIMA ANGELICA ARAMBULET SANCHEZ asistido por el abogado GUSTAVO SOSA SALAZAR I.P.S.A. N° 43.142, interpone demanda en contra de la Empresa HISPANO VENEZOLANA DE PERFORACION C.A., por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Recibido por este Tribunal en fecha 04 de marzo de 2008, se procedió a Admitir la demanda y se libraron los Carteles de Notificación. Transcurrido el lapso correspondiente para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó el inicio de la Audiencia para el día de hoy . Este Juzgado dejó constancia en acta, que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo a la hora fijada, NO COMPARECE la parte demandante. Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, debido a que su falta acarrea consecuencias jurídicas que dispone la Ley Adjetiva Laboral, forzosamente este Juzgado dicta la decisión oral conforme al caso.
DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de la parte demandante en este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado procedió a dictar la decisión en forma Oral cuya constancia queda en el Acta levantada al efecto, y publicarla en este mismo día de la siguiente forma: este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los diez y siete (17) días del mes de abril de dos mil ocho (2008). 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

DIOS y FEDERACIÓN

LA JUEZA


Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ


LA SECRETARIA (O)