REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 11 de Abril de 2008
197° y 148°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-282
DEMANDANTE: EDUARDO JOSE FEBRE VALERA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDOS. ERRICO DESIDERIO SCALA, KEYLIN RODRIGUEZ Y OTROS
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS INTEGRALES DE GERENCIA (S.I.G., C.A.)
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGDO. JUAN PARRA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy viernes once (11) de Abril de 2008, siendo las 9:30 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales, le tiene incoado el ciudadano: EDUARDO JOSE FEBRE VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.17.092.343, parte actora en esta causa, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, ERRICO DESIDERIO SCALA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 42.284, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez, JUAN PARRA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 23.223, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la parte demandada, ofrecen pagar al trabajador la cantidad de CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 4.177,75), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para ser pagados el día lunes 21 de Abril de 2008, lo cual hará la demandada mediante la consignación, de cheque, con la leyenda de NO ENDOSABLE, a nombre del trabajador ciudadano EDUARDO JOSE FEBRE VALERA, parte demandante en la presente causa, ya identificado, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), para ser retirados por la misma. Oferta esta que es aceptada por su apoderado judicial, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el cumplimiento de lo aquí acordado. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia, les fueron entregadas a las partes, en mismo acto.
Siendo las 9:50 AM. Se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,
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