REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 21 de Abril de 2008
198° y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2007-1771
DEMANDANTE: JOSE ALEXANDER SAUMA NUÑEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDA. MARIA MAGDALENA AZOCAR PARIS Y OTROS
PARTE DEMANDADA: TUBOSCOPE BRANT DE VENEZUELA, S. A.
APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: ABOGDOS. MARIA ALEJANDRA CHOPITE Y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy lunes veintiuno (21) de Abril de 2008, siendo las 10:30 AM., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales, le tiene incoado el ciudadano: JOSE ALEXANDER SAUMA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.10.663.475, parte actora en esta causa, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, MARIA MAGDALENA AZOCAR PARIS, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 64.823, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, y a su vez, MARIA ALEJANDRA CHOPITE, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 83.717, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la parte demandada, ofrecen pagar al trabajador la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 10.000.000,00) = DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,O0), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para ser pagados el día lunes 28 de Abril de 2008, lo cual hará la demandada mediante la consignación, a nombre del trabajador ciudadano JOSE ALEXANDER SAUMA NUÑEZ, parte demandante en la presente causa, ya identificada, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.). Oferta esta que es aceptada por el su apoderada judicial en nombre de su representado, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el cumplimiento de lo aquí acordado. Cúmplase.-
Siendo las 11:15 AM. Se dio por terminada la presente Audiencia
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
EXP: NP11-L-2007-1771
RV/rv
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