REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de abril de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2007-004437
Vista la diligencia que antecede de fecha dieciocho (18) de abril de dos mil ocho (2008) suscrita por el abogado DANIEL GINOBLE, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la cual solicita que la notificación de la parte demandada debe ser practicada en la dirección procesal de su “apoderado judicial” y considerando los resultados negativos en la notificación, dada la imprecisa información aportada por la parte actora, éste Juzgado insta a la parte actora a aportar los datos del “apoderado judicial” de la parte demandada al cual hace referencia y asimismo que indique de donde sustenta tal información, todo con el fin de evitar más retardos innecesarios no imputables al Tribunal. Así se establece.
El Juez Titular
La Secretaria
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
Abg. Ibraisa Plasencia Rendón