REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
JUEZ UNIPERSONAL XIV

Caracas, 16 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO: AP51-V-2006-010298

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que ha transcurrido más de un (1) año sin que se haya dado impulso procesal al asunto, verificándose de pleno derecho la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana PINTO ORIQUIN YUSMER, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.677.027, de acuerdo con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 eiusdem; norma supletoria a la cual nos remite el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia, ésta Juez Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA por los motivos supra indicados. Se da TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el ARCHIVO del mismo. Y ASI SE DECLARA.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio N° XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, a los dieciséis (16) días del mes de abril de dos mil ocho (2008). Año 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZA,
EL SECRETARIO,
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

ABG. CARLOS ANDRÉS FONSECA

AP51-V-2006-010298
YLV/CAF/jlmg.-