REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de abril de 2008
198º y 149º
Visto el libelo de demanda y sus recaudos anexos, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano PEDRO HERNANDEZ MARICHAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 10.821.274, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, para que dé contestación a la demanda, incoada en su contra por la sociedad mercantil COMERCIAL ALSA, COMPAÑÍA ANONIMA (ALSACA) por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y entréguese al alguacil a los fines de que practique la citación ordenada. Líbrese la respectiva compulsa previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto a la medida solicitada este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el cuaderno de medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia.
La Juez
Dra. Maria Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° 45449