REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 09 de Abril de Dos Mil Ocho (2008).-

Años: 197° y 149°

Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN procedente del Juzgado Distribuidor de turno, presentada por la ciudadana: INES GARCIA CARTAGENA LEON, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 59.709, actuando en este acto como Apoderada Judicial del ciudadano JOSE GREGORIO DIAZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.488.950. Asimismo vistos los recaudos acompañados a la misma, en consecuencia anótese en el libro respectivo, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación del Acta de defunción del ciudadano FRANCISCO FELICIANO DIAZ MONCADA, la cual esta signada con el Nº 435, y fue levantada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, de fecha 17 de Julio de 1989, en la cual alega que se incurrió en un error material, al asentar el numero de cedula de identidad del causante el cual se testo como: “…5.540.021…”, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “…5.540.921…”.- En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como Copia Certificada de la Partida de Defunción y Copia certificada de la Cédula de Identidad del causante FRANCISCO FELICIANO DIAZ MONCADA.- Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del causante FRANCISCO FELICIANO DIAZ MONCADA, intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO DIAZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.488.950, en los siguientes términos: donde dice: “…TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº: V- 5.540.021…”; debe decir: “…TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº: V- 5.540.921…”;.- En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda y al Registro Principal del Estado Miranda, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,



DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-

LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. LEOXELYS VENTURINI.-

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA
EXP Nº: 08-4835.-
AMCdM/LV/Yenny.-