En el día de hoy, dieciséis (16) de Abril del año dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía de la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora OLIMAR MENDEZ MUÑOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 86.504; en la siguiente dirección: Calle Santa Cruz, Conjunto Residencial Vizcaya Garden, Urbanización Lomas del Tamanaco, Caracas, Municipio Baruta del Estado Miranda; con la finalidad de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue BANCO PROVIVIENDA, C. A. BANCO UNIVERSAL (BanPro) contra CORPORACION ELFA, C. A., y ENRIQUE LUIS FUENTES CALCAÑO. Presente una persona de sexo masculino, quien manifestó ser el Oficial de Seguridad del Conjunto Residencial, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó que no conocía a ninguna persona con ese nombre en ese conjunto. En este estado la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora Olimar Méndez Muñoz, expone: Por cuanto el Banco me suministró la dirección del ejecutado de manera incorrecta, solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de Embargo Preventivo, es todo. El Tribunal vista la expresa solicitud de abstención formulada por la representación judicial de la parte actora, se abstiene en este acto de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado comitente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tales efectos lleva este Despacho. El Tribunal deja expresa constancia que la presente actuación no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal siendo las 11:30 de la mañana da por terminada la presente actuación y ordena el regreso a su sede. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,
CELSA DIAZ VILLARROEL.
LA APODERADA ACTORA,
EL SECRETARIO,
JESUS ALBERTO RAMOS.
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