En el día de hoy, ocho (08) de Abril del año dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Doctor ALEX JESUS TORREALBA CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 18.553; en la siguiente dirección: Apartamento Número 22, ubicado en la Avenida Presidente Medina con calle Comercio, Edificio La Roca, Piso 2, Manzana A, Urbanización Las Acacias, Parroquia San Pedro, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la ENTREGA MATERIAL y la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretadas por el JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en el juicio que por DESALOJO sigue ROSANNA SPENA FELIBERT contra JUAN CARLOS AVILA MENDOZA. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a las puertas del inmueble respondiendo al llamado judicial una persona quien dijo ser y llamarse JUAN CARLOS AVILA MENDOZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 7.763.376, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó ser Juan Carlos Avila, que eso era injusto, que a él no le habían avisado, que él estaba esperando para mudarse, que el tenía ocho años viviendo aquí y nunca había dejado de pagar, que inclusive nunca dejó de pagar en el Tribunal, que él tenía para donde llevar sus cosas, que las llevaría a la Avenida Francisco Solano López. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora Doctor Alex Jesús Torrealba Castillo, expone: Solicito al Tribunal practique la Entrega Material que le ha sido encomendada, y por cuento existen bienes muebles dentro de este apartamento, pido acuerde el depósito necesario de los mismos previo su inventario. En cuanto a la medida de Embargo Ejecutivo, me reservo practicarla en otro momento, es todo. En este estado el notificado ciudadano Juan Carlos Avila Mendoza, antes identificado, expone: Pido al Tribunal me autorice a trasladar por mi propia cuenta y riesgo todos mis bienes muebles que se encuentran en este apartamento, a la siguiente dirección: Avenida Francisco Solano López con Calle San Gerónimo, Edificio Tovar, Piso 3, Caracas, Sabana Grande, relevando de toda responsabilidad en el manejo de los mismos a este Tribunal, es todo. El Tribunal vista la solicitud que antecede formulada por el notificado ciudadano Juan Carlos Avila Mendoza, antes identificado, le autoriza a trasladar por su propia cuenta y riesgo todos sus bienes muebles que se encuentran en este apartamento a la dirección por él indicada. En este estado, siendo las 11:15 de la mañana, se hace presente una persona quien dijo ser y llamarse GILBERTO JESUS CORREA PALENCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 8.509.467, a quien la Juez impuso de la misión del Tribunal y manifestó vivir aquí en este apartamento y que ratificaba la solicitud hecha por Juan Carlos Avila Mendoza. El Tribunal a señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la comisión encomendada hace Entrega Material del siguiente bien inmueble: “Apartamento Número 22, ubicado en la Avenida Presidente Medina con calle Comercio, Edificio La Roca, Piso 2, Manzana A de la Urbanización Las Acacias, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital”; y lo pone en posesión totalmente libre de personas, bienes, joyas, dinero, títulos valores, de la parte actora representada en este acto por su Apoderado Judicial Doctor Alex Jesús Torrealba Castillo, quien estando presente lo recibe conforme para su representada. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora Doctor Alex Jesús Torrealba Castillo, expone: Solicito de este Tribunal remita las presentes actuaciones al Tribunal de la Causa, es todo. El Tribunal deja expresa constancia que se encuentra presente como transporte el vehículo tipo Camión, marca Chevrolet, color beige, Serial Número CCE62HV219409, Placa: 554MAT, conducido por el ciudadano GERARDO ANTONIO MARTIN APONTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 6.226.796, y los ayudantes, ciudadanos JHONATHAN JOSE URBINA CEBALLOS, JUAN CARLOS RONDON RONDON, DAVID JOSE GONZALEZ APONTE, EDGAR JOSE ROJAS y FRANKLIN ARISTOBULO GONZALEZ HERNANDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Número 16.812.603, 18.461.059, 18.513.976, 4.422.929 y 20.098.663, respectivamente. El Tribunal, siendo las 12:40 de la tarde, da por terminada la presente actuación y ordena el regreso a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.
LOS NOTIFICADOS,




EL APODERADO ACTOR,



EL SECRETARIO,

JESUS ABERTO RAMOS.