REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE
PRIMERO DE EJECUCIÓN
Maracay, 08 de ABRIL de 2008.
197° y 149°
Revisada como ha sido la presente causa, observa este Juzgador que en fecha: 28-03-2008, el penado: RODRIGUEZ RUBEN ALFREDO, cumplió la totalidad de la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, que le fue impuesta por el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Función de Juicio Nro. 06, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD, es por lo que este Tribunal, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del referido penado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 105 del Código Penal, y por cuanto no queda materia sobre la cual decidir, se ACUERDA, en consecuencia, remitir el presente expediente al ARCHIVO CENTRAL de esta Ciudad, a los fines de su archivo y cuido por el tiempo legal, que hubiere a lugar.- Líbrese copia de la presente decisión al Jefe de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, al Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, Caracas. Notifíquese a la Fiscal Penitenciario y a la Defensa. Impóngase al penado. Cúmplase.-
LA JUEZ,

ABG. LORENA MORENO MORILLO
LA SECRETARIA,

ABG. DORITA DE FREITAS V.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el presente auto, y se libró oficio
N°_________________, las respectivas boletas de notificación: _____________.-
LA SECRETARIA,

ABG. DORITA DE FREITAS V.

LMM.-
CAUSA NRO. 1E347-03