Nº DE EXPEDIENTE: NP11-L-2007-000611.
PARTE ACTORA: GERMAN JOSE MARCANO BLANCA, venezolano titular de la cédula de identidad Nº 14.508.860 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. JUAN ITRIAGO, Venezolano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 115.722 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL MCC, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto Social del Abogado bajo el Nº 44.903 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 28 de abril de 2008, siendo las 12:00 m., comparecieron por ante este despacho el ciudadano GERMAN JOSE MARCANO B, titular de la cédula de identidad Nro. 14.508.860, de este domicilio, asistido por el Abg. JUAN ITRIAGO, y el Abg. JORGE RODRIGUEZ, apoderado judicial de la empresa demandada, quienes manifestaron al tribunal habían hecho uso de los medios alternos de resolución de conflictos, por lo cual lograron una conciliación, y pretendían ponerle fin a la presente causa, a través del pago en este mismo acto por parte de la empresa demandada de la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 4.500,00), con los cuales se cancelaban todos los conceptos contenidos en el libelo de la demanda; el actor previa consulta con su apoderado judicial acepta el monto ofrecido, por lo que el apoderado judicial de la empresa le hizo entrega de cheque emitido a su nombre, girado contra la cuenta corriente Nro. 0157-0013-11-3713013278 del Banco del Sur; manifestando el actor que nada mas se le adeuda por la relación laboral que se reconoció en la presente causa. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo alcanzado, dándole efectos de Cosa juzgada; por lo que se da por terminado el presente proceso; en consecuencia, se deja sin efecto el auto de 09 de abril de 2008 donde se fijaba audiencia de juicio. En este estado las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad. Se anexa a la presente acta copia de cheque descrito.
LA JUEZ.

Abg. ANA BEATRIZ PALACIOS G.

EL ACTOR Y SU APODERADO JUDICIAL.

El APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA


LA SECRETARIA