REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA

Cagua, 10 de Abril de 2008
197° y 149°

Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado RODOLFO ELIAS FUNE LINARES, Asistido por el Abogado PEDRO ANDERSON GONZALEZ FAJARDO, Inpreabogado N° 96.757, y la solicitud en ella contenida, este Tribunal a los fines de proveer observa:

Cursa al folio (31) del Cuaderno Principal del juicio que por DAÑO MATERIAL (lucro cesante), DAÑO EMERGENTE, ha incoado la Empresa MULTISERVICIOS SAN SEBASTIAN, C.A., contra EL ESTACIONAMIENTO, C.C. STAR CENTER y la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL STAR CENTER, a través de su administradora Inversiones Los VII, C.A. diligencia Supra mencionada, mediante la cual solicita a este Tribunal sea citada la parte Demandada para dar cumplimiento a los artículos 231 y 232 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal por cuanto el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil se refiere a la citación de los sucesores desconocidos de una persona determinada que ha fallecido, y ha dejado un derecho a una herencia u otra cosa, y el artículo 232 ejusdem trata del nombramiento de Defensor Judicial en caso de que transcurriera el lapso fijado en el edicto librado sin que pudiera verificarse la comparecencia de los sucesores desconocidos, es por lo que este Tribunal NIEGA EL PEDIMENTO FORMULADO por tratarse de procedimiento distintos, y espera a que la parte interesada, solicite bien sea la citación por Correo Certificado con acuse de recibo, o por Carteles. Y así se decide.
EL JUEZ PROVISORIO,


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA

EXPTE N° 07-14348
EPT/cchh/ym