En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo la 12:00 m, comparecen los ciudadanos supra identificados y solicitan la celebran de la audiencia preliminar, donde el apoderado judicial de la parte demandada se da por notificada de la presente demanda y renuncia al termino de comparecencia. La ciudadana Jueza, acuerda lo peticionado y declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando a la trabajadora, arriba identificada, la cantidad de Bs.F.16.000,00, en cheque No.8418306334 de la cuenta corriente No.01580018620181001012 contra la entidad Central Banco Universal a nombre de la trabajadora ROSA GOMEZ; la trabajadora y su abogado asistente manifiesta que acepta y recibe el aludido cheque y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto del beneficio de alimentación (CESTA TICKET).