JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, 07 DE AGOSTO DE 2.008.

198° Y 149°

DEMANDANTE: LEIRY JESUS MENDOZA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.858.207, de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL: EDILBERTO J. NATERA B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.952.925 abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 47.548 de este domicilio.

DEMANDADA: Sociedad Mercantil “MARJI C.A” representada por el ciudadano LUIS RAFAEL MARQUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.021.930 de este domicilio.

ASUNTO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION).

Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano EDILBERTO J. NATERA B, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, ciudadano LEIRY JESUS MENDOZA GOMEZ, en la cual solicita sea reanudado el presente juicio y de igual modo se proceda a la ejecución de la sentencia, este Tribunal observa lo siguiente: 1) Efectivamente la parte demandada fue intimada en fecha once (11) de Octubre del año 2007, tal como se desprende de diligencia consignada por el ciudadano antes mencionado, tal como consta al folio treinta y dos (32) del cuaderno principal presente expediente. 2) No consta en autos que el intimado, haya formulado oposición alguna dentro del plazo de los diez días siguientes a su intimación, concedido por la Ley. EN CONSECUENCIA por cuanto la parte intimada, no hizo oposición al decreto dentro del plazo estipulado en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en un todo de acuerdo a lo previsto en los artículos 12 y 651 del Código de Procedimiento Civil, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le da carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA al decreto intimatorio de fecha 02 de Octubre del 2007.-


DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA
Exp. 30400
Mbrs