Comisión: 04525
WILMER COVA/CARLOS MATA
En horas de Despacho del día de hoy 04 de Agosto de 2008, siendo las 3:00 p.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano WILMER COVA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 71.016, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana MIREYA JOSEFINA GARCIA, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo por un monto de ( 37.500 Bs.f) de los fondos que existan en la cuenta. (04250016000210002556 ), del Banco Mi Casa decretada por el Tribual Comitente en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra CARLOS JOSE MATA y siendo las 3:05 p.m., se constituyó el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la sede del Banco Mi Casa, ubicado en la Avenida Juncal, al lado del Edificio Centro Profesionales, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente MARIA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 4.617.625,en su carácter de Gerente, a quien el Tribunal notifico de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone: “ Señalo para ser Embargado Preventivamente el dinero que reposa en la cuenta Nro. (04250016000210002556 ) , del titular CARLOS JOSE MATA, por el monto de ( 37.500 Bs.f ). Es todo”.-El Tribunal en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara: embargado preventivamente: La Cantidad de 37.500 Bs.f, de la corriente Nro. (04250016000210002556 ), asimismo le hacer saber a la persona notificada que deberá librar en este acto Cheque de Gerencia sobre el monto arriba señalado que reposan en la cuenta supra señalada, a favor del Juzgado Segundo de Primera Instancia de en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 540 del Código de Procedimiento Civil.- En este acto interviene la persona notificada y expone: “ Consigno en este acto Cheque de Gerencia Nº (70008666), librado a favor del Juzgado Segundo de Primera Instancia de en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas , por un monto de Bs.(37.500 Bs.f), de fecha 04 de Agosto de 2.008, y del Banco Mi Casa, todo de conformidad con lo ordenado por el Tribunal en funciones”.- Seguidamente el Tribunal recibe conforme el Cheque consignado por la persona notificada y sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 4:00 p.m.-
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