Comisión: 04480
BANCO PROVINCIAL S.A/APCA MANTENIMIENTO Y SERVICIOS C.A
En horas de Despacho del día de hoy 08 de Agosto de 2008, siendo las 9:40 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el Abogado PORFIRIO GUZMAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 17.557, en su carácter de apoderado judicial del BANCO PROVINCIAL S.A, a los fines de practicar la Medida de SECUESTRO, decretada por el Tribual Comitente en el Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentado contra APCA MANTENIMIENTO Y SERVICIOS C.A, en la persona de su Presidente MAURICIO DE JESUS COVARRUBIAS ARAUJO, y siendo las 10:00 a.m., se constituyó en la siguiente dirección: avenida libertador con Calle Morichal, sede del Estacionamiento Morichal, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente JOSE VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº 11.919.951, en su carácter de Administrador a quien el Tribunal notifico de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone: Señalo para ser secuestrado los vehículos objeto de la acción y asimismo solicito que de conformidad con lo establecido en el ultimo parte del articulo 599 del Código de procedimiento Civil se me entregue el vehiculo mencionado. Es todo.- Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara secuestrado los vehículos antes mencionados y se deja bajo la guarda y custodia del apoderado judicial del Banco Provincial S.A, quien los recibe conformes en este acto. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la práctica de la presente medida no género tasa o arancel alguno, todo de conformidad con los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo. Término. Se leyó y conformes firman.
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