GADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 14 de Agosto de 2008.
198º y 149º
Exp. Nº. CA-8895
Vista la diligencia estampada en fecha 18 de junio de 2008, por el Ciudadano Abogado: DONATO VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.869, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil GALPON STEEL, C.A., parte Recurrente, mediante la cual DESISTE del Recurso de Nulidad interpuesto contra el Acto Administrativo dictado por la , en fecha 25 de septiembre de 2007; este Tribunal Superior; da por DESISTIDO el Recurso de Nulidad interpuesto; y en consecuencia, por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, se imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicado en el presente caso por analogía, ordenándose de igual manera, el ARCHIVO del presente Expediente.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,
ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.
DEZN/marleny.
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