REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, lunes once (11) de agosto de 2008
197º y 148º
Exp Nº AP21-R-2008-001166

PARTE ACTORA: ANGEL BALDOMERO MARTÍNEZ INFANTE titular de la cédula de identidad Nro. 932.571.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDRA CARIBAS MENDIBLE, NELSON GONZÁLEZ Y MARÍA ISABEL VILORIA, Instituto de Previsión Social del Abogado Nros. 62.675, 30.400 y 67.113, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ Y UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAIME JOSE PONDE GARCIA, MARIELA JOANA GONZALEZ AMOROS, DELIA SOFIA PAREDES SANOJA, MARIELA HEREDIA RODRIGUEZ, ELIZABETH PARRA CASTILLO, HELI RAFAEL ROMERO GRATEROL y ANDRES JUAN FERNANDEZ GODOY, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 97.081, 30.576, 40.580, 73.167, 75.872, 124.376 y 65.339, respectivamente.

ASUNTO: Apelación en contra de la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de julio de 2008 por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

Sentencia: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.

Han subido a esta alzada por distribución las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la abogada ALEXANDRA CARIBAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora contra la decisión de fecha dieciséis (16) de julio de 2008 por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Recibidos los autos en fecha cuatro (04) de agosto de 2008, se dio cuenta a la Juez Titular de éste Juzgado, y fijó la oportunidad de la audiencia para el día lunes once (11) de agosto 2008, a las 8:45am.

Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia de parte en la cual se dictó el dispositivo del fallo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:

CAPITULO I
OBJETO DE LA APELACION

La presente controversia tiene por objeto resolver la apelación que interpuso la parte actora en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha dieciséis (16) de julio de 2008, mediante el cual se declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso.

CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO

Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el día y hora señalados supra, la secretaria del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente en la oportunidad de la audiencia fijada.

De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante, su comparecencia, y en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia al acto acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.

En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por la abogada ALEXANDRA CARIBAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de este Circuito Laboral del Área Metropolitana de Caracas del Circuito Judicial del Trabajo, en fecha dieciséis (16) de julio de 2008.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ciudadana ALEXANDRA CARIBAS, en su condición de apoderada judicial de la parte actora en contra de la decisión de fecha 16 de julio de 2008 dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en la demanda incoada por el ciudadano ANGEL BALDOMERO MARTINEZ INFANTE contra la FUNDACION UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON RODRIGUEZ y UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON RODRIGUEZ.
No hay condenatoria en costas a la parte actora del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los once (11) días del mes de agosto de 2008.

JUEZ TITULAR.
DRA. MARJORIE ACEVEDO GALINDO
LA SECRETARIA

ABG. OLGA DIAZ

NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia.

LA SECRETARIA

ABG. OLGA DIAZ
MAG/hg
Exp N° AP21-R-2008-001166