REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas

ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2008-002724
PARTE ACTORA:GEORGINA M DE DENGHY
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SUSANA ISIS RINCON ALBORNOZ, ANASTACIA RODRIGUEZ, YANIRA M. MOH L., MARIA EUGENIA CARDONA, ANA MARINA DIAZ, CLAUDIA CASTRO, LUIS GUILLERMO JASPE IZAGUIRRE, GREYSI MARIA CORONIL ARANGO, ADA BENITEZ, SORAIMA SOLORZANO, MARIA EUGENIA CONTRERAS, CARMEN LILI CARDOZO VELAZQUEZ
PARTE DEMANDADA: EDITORIAL POMAIRE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TAMARA SUJU ROA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy once (11) de agosto de dos mil ocho, siendo las 09:00 am comparecieron por ante este Juzgado Vigésimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, la ciudadana GEORGINA DE DENGHY en su carácter parte actora portadora de la cedula de identidad N° 3.678.946 representada por la abogada GREYSI CORONIL inscrita en el inpreabogado bajo el No. 118.524, y en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la abogada TAMARA SUJU ROA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 43.919, según consta en instrumento poder original que presenta para su confrontación constante de cinco (05) folios útiles. Quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: "No obstante que ambas partes han sostenido su posición, a los fines de terminar este procedimiento y de evitar cualquier posible y futuro juicio con el consiguiente riesgo que para cada una de las partes supone, han convenido celebrar, como en efecto celebran una transacción que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: La parte demandada ofrece a la actora como pago único por todo lo que pudiera corresponderle por la relación laboral que los unió, la suma global de: DOS MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS ( Bs. 2.000,00). Dicha suma incluye todos los conceptos derivados de la relación laboral. SEGUNDA: En consecuencia, la parte actora declara expresamente que acepta el ofrecimiento de pago que le hace la demandada y declara que nada más tiene que reclamar a la demandada, por los conceptos demandados de prestaciones sociales, Prestación de Antigüedad, intereses sobre prestaciones de antigüedad, incidencia de las utilidades y el bono vacacional en el salario, salarios, utilidades o bonificación de fin de año vencidas, utilidades fraccionadas, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, días de descanso (sábados y domingos) y feriados y la incidencia de estos en utilidades, vacaciones, bonos vacacionales, prestaciones de antigüedad, horas extraordinarias diurnas o nocturnas, Bono Vacacional vencido, Bono Vacacional fraccionado, y que con el recibo de la cantidad antes mencionada que la demandada ofreció por esta vía transaccional, se da por saldado y satisfecho de cualquier reclamo que pudieran tener con dicha empresa y en consecuencia desiste del presente procedimiento y de cualquier otra reclamación presente o futura contra la demandada y acepta la forma de pago para el día 28-08-2008 por ante la Inspectoría del Trabajo del Este. TERCERA: Ambas partes solicitan del Tribunal le imparta su homologación a esta transacción dando por terminado el presente juicio, siendo convenido que cualquier cantidad que quedase a deber la demandada al actor está incluida en la suma que se pagará por vía transaccional". Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, en el entendido que no se ordenara el archivo y el cierre del expediente hasta tanto no conste en autos el pago acordado. Es todo


La Juez

El Secretario

Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez

Abg. Nelson Delgado




Los Presentes