REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
JUEZ UNIPERSONAL II
Caracas, ocho (8) de agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-013238

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) se le da entrada y se anota en el libro respectivo y regístrese bajo el Nro. AP51-S-2008-013238, nomenclatura de este Circuito Judicial. Asimismo, visto el Convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrito por los ciudadanos RONALD JOSE HERNANDEZ VALDIVIEZO y VANESSA CONTRERAS VILLALBA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.670.836 y V-20.228.286 respectivamente, actuando en beneficio de su hijo, el niño (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños o adolescentes), quien se encuentra asistida por la Defensora Municipal del niño, niña y adolescente del Municipio Baruta, número 2, ciudadana María Eugenia Rondon; este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley.- En consecuencia esta Jueza Unipersonal N°. 2 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, HOMOLOGA dicha acta en los mismos términos expuestos, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, una vez que los solicitantes consignen los fotos tatos. Cúmplase-
LA JUEZ,

ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA,

ABG. SORAYA ANDRADE
RYC/SA//*