REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, uno (01) de Agosto de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-011733

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JUAN CARLOS VANNINI TRIVELLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.204.275, debidamente asistido por la Abogada LUZ ALBA LEON C,, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 77.355, así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Ad-Hoc designado, el ciudadano MAURICIO FRANCISCO ANDRES VANNINI TRIVELLA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.562.266, en beneficio de los adolescentes (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense al solicitante.
LA JUEZ


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS


YCH/KS/ych.
Motivo: Discernimiento Curador
ASUNTO: AP51-S-2008-011733