REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ___ de __________ de 2008
198° y 149°
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano MIGUEL ANTONIO LLAMOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.827.092, debidamente asistido por el abogado ANTONIO MARCOCCIO, mediante la cual consigna copia fotostatica del acta de defunción correspondiente a la ciudadana MARIA AUXILIADORA MARTINEZ de LLAMOZA, el Tribunal declara terminada la interdicción sólo en lo que se refiere a la referida ciudadana, debiéndose continuar con los trámites respectivos con el ciudadano MIGUEL ANTONIO LLAMOZAS FUGUET. Así se declara.
La Juez
María Rosa Martínez
La Secretaria
Norka Cobis Ramirez
Exp Nº 44881