REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
N° DE ASUNTO: AP21-L-2005-004346
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS MARCHAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HILDA PATIÑO RODRIGUEZ, MARIBEL PARRAGA OMAÑA
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES 24, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS PRINCE
TERCEROS: COCA- COLA FENSA DE VENEZUELA, S,A. y PROSOL E.T.T., C.A.
APODERADO TERCERO: (COCA- COLA FENSA DE VENEZUELA, S,A.): LUIS LOPEZ
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL Y DAÑO MORAL
En el día hábil de hoy doce (12) de agosto de dos mil ocho (2008), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada VIGILANTES 24 C.A., en la persona del ciudadano JUAN CARLOS PRINCE, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 57.053, acreditado en autos, así mismo, comparece el ciudadano LUIS LOPEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 93.950, en representación de la empresa COCA-COLA FENSA DE VENEZUELA (antes PANANCO DE VENEZUELA, S.A.), carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples de tres (3) folios útiles previa la presentación de su original ad efectum videndi; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina
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