REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 3

Maracay, 04 de Agosto de 2008

198° Y 148°

CAUSA N° 3E-1009-06
PENADO: MUÑOZ DANILO ANTONIO
VÍCTIMA: LA NACION
DELITO: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION
PENA: DOS (02) AÑOS DE PRISION
DECISIÓN: CUMPLIMIENTO DE PENA.-
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Este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para decidir OBSERVA:

PRIMERO: En fecha 21 de Marzo del 2.006, el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, condenó al Penado: MUÑOZ DANILO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.247.728, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION.-

SEGUNDO: Se observa que en fecha 22-05-2.006, este Tribunal Tercero en Funciones de Ejecución del Estado Aragua Ejecuto la Sentencia Definitivamente firme recaída en contra del penado supra mencionado.- Posteriormente se le acordó el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, según se evidencia en el contenido de los folios (235) al (237) respectivamente de la precitada causa.-

TERCERO: Ahora bien; observa esta Juzgadora que el penado ut-supra mencionado, cumplió con la pena que le fue impuesta conjuntamente con las accesorias en fecha 25-06-2008, según se evidencia del contenido de la Constancia de Finalización, de Régimen de Prueba impuesto, por el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Aragua, inserta al folio (253) de la respectiva Causa.-