REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 11 de Agosto de 2008
198° y 149°
Por recibida y vista la Demanda de Partición de la Comunidad Conyugal, junto con sus recaudos anexos, presentada por el ciudadano ERNESTO JOSE ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.750.533, asistido por la Abogada JULHAY JOSEFINA ALVAREZ LEÓN, Inpreabogado N° 99.502. Désele entrada y curso de Ley, anótese en los libros correspondientes, fórmese expediente, y sígase el curso de Ley. Ahora bien, por cuanto de la revisión del libelo, y documentos consignados, se puede evidenciar que están involucrado dos (02) Adolescente, como es el caso de ERNESTO JOSE y LUISA VICTORIA quienes son hijos de los ciudadanos ERNESTO JOSE ROJAS ROJAS y NELIS CONSTANZA NIEVES PADRON; situación ésta que a tenor de lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Primero, Literal L, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, publicado en Gaceta Oficial N° 38.901, de fecha 26 de Marzo de 2008, corresponde conocer y decidir a los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente, razón por la cual, este Tribunal se Declara Incompetente en razón de la Materia, y en consecuencia, DECLINA su competencia al Tribunal de Sustanciación y Mediación del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a quien se ordena remitir el presente expediente, para que conozca de la misma. Désele salida. Líbrese Oficio.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,
ABG. CAMILO CHACÓN HERRERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
Solicitud Nº 08-15147
EPT/cchh/ym.-
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 11 de Agosto de 2008
198° y 149°
OFICIO: Nº 08-15147
Ciudadano:
JUEZ DE SUSTANCIACIÓN Y MEDIACIÓN DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Su Despacho.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, expediente original distinguido con el Nº__________ nomenclatura de este Juzgado, constante de __________ folios útiles, contentivo del juicio por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por el ciudadano ERNESTO JOSE ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.750.533, contra la ciudadana NELIS CONSTANZA NIEVES PADRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.330.792; en virtud de la declinatoria de competencia en razón de la materia, dictada por este Tribunal en auto de esta misma fecha, a tenor de lo establecido Artículo 177, Parágrafo Primero, Literal L, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, publicado en Gaceta Oficial N° 38.901, de fecha 26 de Marzo de 2008
Remisión que hago a Usted, a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
JUEZ PROVISORIO
EXP: N° 08-15147
EPT/cchh/ym.-
|