REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, catorce (14) de agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-000128

PARTE ACTORA: ANA MARÍA LÓPEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-14.684.677 Y OTRAS

APODERADA DE LA PARTE ACTORA: CARLOS LUIS MARTÍNEZ, Inpreabogado Nº 101.022.

PARTE DEMANDADA: LA NUEVA TÉCNICA SERIGRAFICA C.A.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Inpreabogado Nª

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy jueves catorce (14) de agosto del 2008, día y hora fijado para que tenga lugar LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora la ciudadana ANA MARÍA LÓPEZ GONZALEZ, Y YADEISY HIDALGO titular de la cedula de identidad Nº V-14.684.677, y 20.265.246, asistidas por el ciudadano abogado CARLOS EDUARDO CASTILLO Inpreabogado Nº 126.218, en su carácter procurador de trabajadores ; y por la parte demandada LA NUEVA TÉCNICA SERIGRAFICA C.A. Compareció la ciudadana MARIELA RADA, titular de la cedula de identidad Nº 8.819.060, asistida por la ciudadana Abg. MIROSLAVA DIAZ Inpreabogado Nª. 12.029 Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos realizados dados las deducciones por lo recibido, ofrece pagar a la ciudadana YADEISY HIDALGO cantidad de SEIS MIL OCHOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON OCENTA Y DOS CENTIMOS, (BSF.6.820,oo) de la siguiente manera DOS MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES (2.229,oo) que la actora reconoce haber recibido mas la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (2.295,oo) en este momento mediante cheque girado contra el Banco Banesco signado con el numero,37505461 a nombre de la trabajadora por la cantidad ofrecida y la cantidad restante es decir DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (2.295,oo) para el día 22 de Septiembre del 2008 y para la ciudadana ANA MARÍA LÓPEZ GONZALEZ la cantidad de DIEZ MIL TRESCIENTOS UN BOLIVAR CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS, (BSF:10.301,86,oo) de la siguiente manera CUATRO MIL CIENTO TRES BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (4.103,04,oo) que la actora reconoce haber recibido mas la cantidad de TRES MIL NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMO (3.099,91) en este momento mediante cheque girado contra el Banco Banesco signado con el numero, 14505460 a nombre de la trabajadora por la cantidad ofrecida y la cantidad restante es decir TRES MIL NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMO (3.099,91) para el día 22 de Septiembre del 2008 por ante este mismo. Ofrecimiento este y modalidad aceptado por las actoras, por lo que ambas parte, con la finalidad de poner fin a la presente demanda solicitan la homologación del presente acuerdo y por consiguiente el cierre y archivo del asuntos. Ahora bien la ciudadana jueza, vista la aceptación por parte de las actoras y presenciada la entrega de los cheques antes mencionados y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal le imparte la homologación, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada. Asi mismo deja constancia que la ciudadana DAMELYS LOPEZ GONZALES no compareció ni por si, ni por medio de apoderado por lo que este tribunal en uso de sus facultades legales declara el desistimiento de la acción y en consecuencia terminado el procedimiento alguna en consecuencia se ordena el cierre y archivo del expediente. Es Todo Terminó. Se leyó y conformes firman. Es todo.-
LA JUEZA,
Dra. LILIAM PEREZ
LA PARTE ACTORA
LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO,
ABG. ARTURO CALDERÓN.

EXP Nº DP31-L-2008-000128
LP/ac/nmonagash.-