REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 08 de Agosto de 2008.
198º y 149º
PARTE ACTORA: NORMAN KELIN PALMA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.719.047.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NORMAN KELIN PALMA BASTIDAS, abogada en ejercicio, inscrita en Inpreabogado bajo el No. 92.139.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTOS DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, DEM.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LIANETTE GOMEZ URDANETA, NICOLAS BELTRAN PACHECO RAMIREZ, ZOILA YELITZE DELGADO MENDOZA, DESIREE USTARIZ, KARELY DEL CARMEN MARTÍNEZ BENITEZ, LESLIE BEATRIZ GARCÍA FERMÍN, DANIELA MARGARITA MÉNDEZ ZAMBRANO, MARÍA BEATRIZ GÓMEZ BARRADAS, JESÚS GUSTAVO PÉREZ, ROSA ELENA APONTE PEREZ, NELIDA ROSANNA PEÑA COLMENARES, MARÍA AUXILIADORA ESPINOSA AGUILAR, DEYANIRA MONTERO ZAMBRANO, GUSTAVO ALBERTO DE JESÚS LOPEZ, YELITZA MORELLI MATIAS ESCALONA, GLORIA ROSA RODRÍGUEZ RIVADENEYRA, HAROLD ALFREDO CONTRERAS CONTRERAS, ADRIANA ISABEL TABARES SÁNCHEZ, CARLOS MOREL GUTIERREZ GIMENEZ, AURELIO SIDONIO DE JESÚS GONCALVES, OSCAR JESÚS MIRENA GARCÍA y CRISTIAN ARCILA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 77.789, 74.669, 90.897, 97.062, 97.990, 104.459, 111.599, 112.383, 115.494, 71.045, 84.389, 63.524, 66.096, 84.818, 90.718, 90.782, 111.502, 112.990, 114.890, 117.069, 119.517 y 120.393, respectivamente.
MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.
Vistos: Estos autos.
Conoce este Juzgado Superior del presente expediente, en virtud de la apelación interpuesta en fecha 22 de Julio de 2008 por la abogado NORMAN KELIN PALMA BASTIDAS, en su carácter de parte actora actuando en su nombre propio y representación, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de Julio de 2008, oída en ambos efectos en fecha 25 de Julio de 2008.
El 28 de Julio de 2008, se distribuyó el expediente; dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, el 31 de Julio de 2008, este Juzgado Superior le dio entrada al presente expediente y fijó para el miércoles 06 de Agosto de 2008 a las 8:45 a. m., la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública.
Celebrada como ha sido la audiencia, estando dentro de la oportunidad legal para publicar el fallo, este Juzgado pasa a hacerlo en los siguientes términos:
CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el acta levantada en fecha 06 de Agosto de 2008, con motivo de la celebración de la audiencia oral y pública, se dejó expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTOS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, representada por el abogado JESUS PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 115.494 y de la incomparecencia de la parte actora apelante por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno.
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”
Con vista a que la parte actora apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO II
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 22 de Julio de 2008 por la abogado NORMAN KELIN PALMA BASTIDAS, en su carácter de parte actora actuando en su nombre propio y representación, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de Julio de 2008, oída en ambos efectos en fecha 25 de Julio de 2008. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia transcurrido el lapso de ocho (8) días hábiles contados a partir de la consignación en el expediente de la respectiva constancia se tiene por notificado al Procurador General de la República para que se inicien los lapsos para la interposición de los recursos a que haya lugar.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los ocho (08) días del mes de Agosto de 2008. AÑOS: 198º y 149º.
JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
LUISA ROSALES
SECRETARIA
NOTA: En el día de hoy, 8 de Agosto de 2008, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.
LUISA ROSALES
SECRETARIA
Expediente AP21-R-2008-001156
JCCA/LR/ir
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