REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, siete de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: DP11-L-2008-000829
ACTA

PARTE ACTORA: ciudadano JESUS DOMINGO HERNANDEZ PEÑA, Titular de la cédula de identidad N° 5.611.177.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado NELSON JOSE PINEDA GOLLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.833.
PARTE DEMANDADA: SERVIFENI C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado GREEIG JOSE WILDMAN MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.577.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, siendo las 09:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar inicial en el presente juicio, comparece Abogado que asiste al Trabajador demandante, Abogado NELSON JOSE PINEDA GOLLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.833 y el Abogado GREEIG JOSE WILDMAN MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.577, en su condición de Apoderado Judicial de la empresa demandada, quien presenta poder en original a efectum videndi y copia fotostática del mismo, en el que consta su representación y copia fotostática del acta constitutiva de la empresa demandada, los cuales se agregan a los autos. En este estado la ciudadana Juez, deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano JESUS DOMINGO HERNANDEZ PEÑA, Titular de la cédula de identidad N° 5.611.177, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 9:30 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y se firmó la presente Acta.
LA JUEZ



ABG. SORY MAITA GONZALEZ




EL ABOGADO QUE ASITE AL DEMANDANTE




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA




EL SECRETARIO




ABG. ARTURO CALDERON
SMG/ALC.