Hoy, miércoles diecisiete (17) de Diciembre de 2008, siendo las 12:20 P.M., comparecen voluntaria y espontáneamente por ante el Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en la Ciudad de La Victoria, por la parte actora compareció el ciudadano JAIRO ARQUÍMEDES URBINA YANES, titular de la cédula de identidad Nº V-11.999.445, y su apoderada judicial ABG. JENNIFER MARIN MORA, Inpreabogado Nº 101.088 y por la parte demandada EMBOTELLADORA EL DIAMANTE, S.A., el apoderado judicial ABG. ANTONIO JOSÉ MORALES FREITES, Inpreabogado Nº 30.252 y por la parte codemandada el ciudadano LUIS GUILLERMO COLORADO CADAVID, titular de la cédula de identidad Nº 24.669.737, su apoderado judicial ABG. DENNY FRANKLIN CERRUTO MACHUCA, Inpreabogado Nº 94.273, quines solicitan a este Despacho la celebración de una audiencia preliminar especial en virtud que han llagado a un acuerdo transaccional. Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de los codemandados una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones pendientes hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F. 8.000,00), por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, para ser cancelados en dos pagos, el primero en este acto mediante cheque Nº 18235422, por un monto de cuatro mil bolívares fuertes sin céntimos (Bs. F. 4.000,00), de fecha 17 de diciembre de 2008, girado contra el Banco Mercantil, a nombre del Trabajador demandante JAIRO ARQUIMEDES URBINA, y el segundo pago por la cantidad de cuatro mil bolívares fuertes sin céntimos (Bs. F. 4.000,00), a ser cancelados por ante este Tribunal en fecha treinta (30) de enero de 2009, en horas de despacho, ofrecimiento este que es aceptado por el actor, lo que pone fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JAIRO ARQUIMEDES URBINA, titular de la cedula de identidad Nº V-11.999.445, ya identificado contra los codemandados LUIS GUILLERMO COLORADO y EMBOTELLADORA EL DIAMANTE, S.A.