JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN AGUASAY SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 08 de Diciembre de 2008
198° y 149°
Con al pedimento formulado por la parte demandante en el libelo de la demanda, este tribunal de conformidad con la ley, decreta Medida de Embargo Preventivo de acuerdo a lo establecido en el articulo 646° del código de procedimiento civil, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir las siguientes cantidades: SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (6.000,oo Bsf.). por concepto del doble monto del capital adeudado, y la cantidad de: SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (750,oo Bsf), por concepto de las deudas procesales calculadas prudencialmente por este tribunal. Para la práctica de la medida se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín Bolívar, Punceres Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a quien se acuerde librar el correspondiente despacho. Librese lo conducente.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. MARIA BALBINA CARVAJAL NARVAEZ
LA SECRETARIA ACC
ABG. EUMAR PATRICIA BARCENAS
DTE: INVERSIONES DAMABER C.A.
DDO: ROMISA CAROLINA QUIJADA
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMACION
EXP N° 14.674
MBCN/Milagros
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