ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.008-1196
PARTE ACTORA: Ciudadano, LUIS JOSE GUZMAN venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 15.632.272, asistido por el abogado GUADALUPE ANDRADE, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 54.053.
PARTE DEMANDADA: ARRENDADORA Y CONDOMINIO MONAGAS, C.A .
APODERADO JUDICIAL: Abogada ANA CECILIA SILVA, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 36.086.-
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MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 15 de Diciembre de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron la misma el ciudadano LUIS JOSE GUZMAN venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 15.632.272, asistido por el abogado GUADALUPE ANDRADE, la abogada ANA CECILIA SILVA, apoderado judicial de la demandada. La parte actora alega que le cancele los montos correspondientes al concepto por diferencia de prestaciones sociales en las cantidades Bs. F. 23.092,06 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar a la accionante la cantidad total y definitivo de Bs. F. 8.895,91. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que la cantidad antes mencionada se consignará ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el día 18 de diciembre de 2008.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.


LAS PARTES COMPARECIENTES. EL SECRETARIO